viernes, 12 de noviembre de 2021

CARNÉ DE VACUNACIÓN OBLIGATORIO, ILEGAL E INCONSTITUCIONAL

 CARNÉ OBLIGATOIRO DE VACUNACIÓN COVID-19

Por: Omkar Avel

CONSTITUCIONALIDAD DEL DECRETO

El decreto 1408 del 3 de noviembre de 2021 obliga a tener carné que certifique haber estado vacunado contra el COVID-19, es inconstitucional por violar los artículos 2, 4, 11, 13, 15, 16, 18, 19, 37 de la Carta Política, ese decreto a mi juicio vulnera los siguientes derechos: VIDAIGUALDAD, INTIMIDAD, LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD, LIBERTAD de CONCIENCIA, LIBERTAD DE CULTOS Y DERECHO DE REUNIÓN con otros efectos contra los no vacunados, que puede desencadenar en políticas fascistas de odio, discriminación y apartheid, debemos tener en cuenta que no es el ciudadano el que tiene la razón, la razón la tiene el Juez Constitucional y este puede declarar este decreto constitucional o inconstitucional y en este último caso dejar sin efecto el decreto.

ILEGALIDAD DEL DECRETO

El decreto 1408 del 3 de noviembre de 2021, es solo un decreto que como se dijo está sometido al juicio de constitucionalidad, además está supeditado a la legalidad, toda vez que existe una ley estatutaria que debe ser acatada y no desconocida por un simple decreto, se trata de la LEY ESTATUTARIA 1751 de 2015  

Art. 10 Las personas tienen los siguientes derechos relacionados con la prestación del servicio de salud:

(…)

d)… Ninguna persona podrá ser obligada, contra su voluntad, a recibir un tratamiento de salud;           

CARNÉ DE VACUNACIÓN FRAUDULENTO

Por allá en otros pueblitos promueven el uso del carné de vacunación falsificado o sin estar vacunados, menos mal, gracias a Dios y a María Santísima, eso no sucede en Antioquia, eso solo sucede por allá lejos, de todos modos es bueno recordar algo de academia del Derecho Penal en Colombia, que consagra unas conductas que algunas personas que por ser pedagogas, pediatras, médicos, psicólogos, incluso abogados desconocen esta normatividad que da cárcel y solo se enteran cuando se ven enredados en un proceso penal, lo mejor es en todo caso comportarse como un ciudadano ejemplar.

CODIGO PENAL

Usar un carné falsificado o sin estar vacunado puede dar hasta doce (12) años de cárcel por estar tipificado en la siguiente norma:

Art. 287. FALSEDAD MATERIAL EN DOCUMENTO PÚBLICO. El que falsifique documento público que pueda servir de prueba, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses.

Obtener un carné de vacunación fraudulento,

Art. 288. OBTENCION DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO. El que para obtener documento público que pueda servir de prueba, induzca en error a un servidor público, en ejercicio de sus funciones, haciéndole consignar una manifestación falsa o callar total o parcialmente la verdad, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses.

Es posible que la persona solo USE el documento obtenido fraudulentamente y por ello se le podría ver envuelto en una investigación penal, por el delito de Uso de documento público falso.

Art. 291. USO DE DOCUMENTO FALSO. El que sin haber concurrido a la falsificación hiciere uso de documento público falso que pueda servir de prueba, incurrirá en prisión de cuatro (4) a doce (12) años.

 “CD”: Concierto PARA delinquir, como por ejemplo varias personas se ponen de acuerdo para obtener un carné de vacunación fraudulento.

Art. 340. CONCIERTO PARA DELINQUIR. Cuando varias personas se concierten con el fin de cometer delitos, cada una de ellas será penada, por esa sola conducta, con prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses.

Son los presos que cuando delinquen poco saben de las consecuencias de su conducta, pero una vez los sorprende la cárcel, muchos de ellos se vuelven expertos en estas normas, computo de penas, bondades por trabajo y estudio, etc., así las cosas, lo mejor es acatar las normas de nuestro respectivo país y comunidad,  esperamos que en el paso de este decreto por los pasillos de la Corte Constitucional, le den orden de acatar las normas superiores.

MEDIO AMBIENTE: El daño ambiental es evidente, un tapabocas de usar y tirar como el de la foto, no es reciclable y  puede tardar hasta 450 años en descomponerse.